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El canvi de criteri proposat per la DG de Tributs posa en risc el sistema públic vigent, burocratitza la prestació del servei i fa perillar l’estructura exemplar i única a Europa
El Consell Valencià de Col·legis d’Advocats (CVCA), entitat que agrupa els vuit col·legis d’advocats de la Comunitat Valenciana: Alcoi, Alacant, Alzira, Castelló, Elx, Oriola, Sueca i València, s’ha pronunciat totalment en contra que el servei que presten els advocats del Torn d’Ofici estiga subjecte a IVA, com pretén la Direcció general de Tributs, dependent del Ministeri d’Hisenda i Funció Pública.
Fent-se ressò de l’assenyalat pel Consell General de l’Advocacia Espanyola, l’Advocacia valenciana també defensa la seua obligació constitucional de garantir la prestació continuada del Servei d’Assistència JurÃdica Gratuïta als ciutadans que manquen de recursos, assegurant l’accés a la justÃcia en condicions d’igualtat per a tots.
El canvi de criteri proposat per la DG de Tributs posa en risc el sistema públic vigent, burocratitza de manera important la prestació del servei pels advocats i fa perillar l’estructura organitzativa exemplar i única a Europa.
R.
Un nuevo e innecesario ataque a la Justicia Gratuita y al Turno de Oficio
La Justicia Gratuita es una de las inversiones en paz social más importantes en un Estado de Derecho. Cada cierto tiempo se ve sometida a tensiones, vaivenes o amenazas. Este no es un servicio libre ni en su contratación ni en su precio, sino un servicio público de carácter social, sin elección de cliente, con baremos previamente fijados por cada una de las Administraciones competentes, encomendado con carácter obligatorio a la AbogacÃa institucional. El servicio es organizado por los Colegios de Abogados y prestado a los ciudadanos en cualquier lugar de España a través de 43.000 abogados de oficio, 24 horas al dÃa, 365 dÃas al año. Un sistema que funciona sin prácticamente quejas de los usuarios.
El último problema que ha surgido sobre este servicio –y que está motivando una enorme confusión y una creciente movilización de los Colegios de Abogados, de los profesionales, de sus asociaciones y de los propios afectados- es el cambio de criterio interpretativo de la ley del IVA por parte de la Dirección General de Tributos que establece la aplicación de este impuesto al Servicio de Asistencia JurÃdica Gratuita. Ese aumento del gasto en un 21 por ciento no sólo pone en riesgo el sistema público vigente que garantiza el acceso a la Justicia en España en condiciones de igualdad para todas las personas, sino también la estructura organizativa ejemplar y única en Europa que lo hace posible.
El cambio de criterio, respecto al vigente desde 1986, se basa en una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en el asunto C-534/16 que cuestiona el sistema fiscal existente en Bélgica, basado en un régimen de naturaleza distinta al modelo público español, y por tanto no aplicable a España. Sin embargo, este nuevo criterio interpretativo se aplica ya en nuestro paÃs desde el pasado 26 de enero, con una celeridad poco frecuente, y obligando a los abogados a entregar una factura al beneficiario de la Justicia Gratuita, cuyo pago del IVA no efectuarán ni el beneficiario ni el abogado sino las Administraciones públicas competentes, tal y como se ha visto obligada a aclarar la propia Agencia Tributaria.
La medida no sólo aumenta profundamente la burocratización del servicio y el trabajo de quienes lo prestan sino que supone un cargo extraordinario a las arcas de las Administraciones públicas de más de 50 millones de euros anuales, sin necesidad alguna y sin beneficio real para el ciudadano.
La AbogacÃa tiene la obligación de garantizar la prestación continuada del Servicio de Asistencia JurÃdica Gratuita asà como su calidad y, en definitiva, el derecho a la tutela judicial efectiva de quienes carecen de recursos para litigar (artÃculos 24 y 119 de la Constitución). Esta obligación irrenunciable convierte el servicio en un sistema reglado por normas administrativas y sometido a control público. Dada la naturaleza pública y obligatoria del servicio, la prestación de la Justicia Gratuita por los abogados del Turno de Oficio, un auténtico deber cÃvico en palabras del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sentencia de 23 de noviembre de 1983, asunto Van der Mussele contra Bélgica, 8919/80)- no está sujeta a IVA.
Por legalidad, razonabilidad y eficiencia, los abogados pedimos que se suspenda la aplicación de esta norma de forma inmediata, que no se grave el Turno de Oficio con el IVA, asà como que se aborden las reformas necesarias para garantizar la prestación de este servicio no sólo con eficiencia y eficacia, como hasta ahora, sino con la dignidad que merecen quienes lo realizan cada dÃa con compromiso y de forma ejemplar. Se lo pedimos al Gobierno y reclamamos a los partidos polÃticos que apoyen esta medida de estricta justicia.
Los ciudadanos que tienen derecho a la Justicia Gratuita pueden estar tranquilos porque la AbogacÃa no les dejará nunca desasistidos. La AbogacÃa pondrá en marcha todos los recursos legales, sociales y polÃticos para que se respeten los derechos de los ciudadanos y de los abogados del Turno de Oficio. Poniendo en peligro la prestación de la Justicia Gratuita, afectamos la esencia de uno de los pilares del Estado de Derecho.
Consejo General de la AbogacÃa Española
Subscrit per tots els membres de la Comissió
Permanent del Consell Valencià de Col·legis d’Advocats
Fotografia de la concentració dels advocats del ICA Sueca del 25 de gener de 2012